vuelo retrasado derecho compensacion
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Vuelo Retrasado: ¿Tengo Derecho a Compensación?

Un vuelo retrasado es algo que sucede continuamente…a nadie le gusta pasar por ello pero si viajas mucho es inevitable…es por eso que debes conocer tus derechos como pasajero. De esta forma, podremos reclamar nuestros derechos además de una posibles compensación por los perjuicios y molestias causados por ese retraso.

  • Yo he tenido varias experiencias con vuelos retrasados y en total dos aerolíneas me han compensado con 488€ por ese motivo. A continuación hago un repaso de los derechos que tenemos como pasajeros de avión en la Unión Europea en caso de retraso y de las indemnizaciones previstas por la ley.

¿Tengo Derecho a Compensación en mi Vuelo Retrasado?

Un retraso en primera clase siempre se vive mejor, ¿no? pero no, ¡no es mi caso! …esta foto la tomé de pasada a mi asiento ¡de clase turista!… ???

retraso vuelo primera clase

Ley sobre los DERECHOS de los VIAJEROS / Reglamento Europeo: Retrasos y Compensaciones

Si viajamos dentro de Europa se aplica el Reglamento 261/2004 del Parlamento Europeo sea cual sea la aerolínea en la que volamos. Es importante conocer qué dice el reglamento en cuanto a retrasos se refiere. Los dos derechos principales que tienes cuando sufres un retraso de vuelo son el derecho de información y el derecho de asistencia (esto incluye posibles compensaciones).

1. Derecho de Información:

La aerolínea debe tener disponibles impresos donde figuren las normas en compensación y asistencia.

2. Derecho de Asistencia (a partir de 2 horas de retraso en algunos casos):

Los pasajeros recibirán de forma gratuita la siguiente asistencia por parte de la aerolínea:

  • Comida y bebida suficientes en función del tiempo de la espera.
  • Dos llamadas telefónicas gratuitas, mensajes de fax o correos electrónicos.

Esto aplica para un retraso de 2 horas o más para vuelos de hasta 1.500 Km., 3 horas o más para vuelos dentro de la UE de más de 1.500 Km. y de todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 Km., o 4 horas o más en el resto de vuelos. Cuando la hora de salida del nuevo vuelo está prevista para el día siguiente de la hora contratada, se recibirá lo siguiente:

  • El alojamiento en un hotel
  • El transporte entre el aeropuerto y el lugar del alojamiento.

3. Derecho de Indemnización (a partir de 3 HORAS de retraso):

Deben compensarnos con:

  • 250€ para vuelos inferiores a 1.500 km
  • 400€ para vuelos entre 1.500 y 3.500 km
  • 600€ para vuelos superiores a 3.500 kms (En el caso de los vuelos superiores a 3.500 km, sólo se abonará un 50% de la indemnización si el retraso es superior a 3 horas pero inferior a 4.)

compensaciones por retraso de un vuelo Gastos Adicionales a la Compensación:

Si por culpa del retraso incurrimos en gastos adicionales: es posible reclamar la cantidad restante (descontando la compensación) por los daños y perjuicios padecidos, siempre que podamos acreditarlos, pero la indemnización máxima que se podrá percibir es de 4.694 Derechos Especiales de Giro (unos 5.150 € aproximadamente).

4. Derecho de Reembolso y a un vuelo de vuelta al punto de partida (solo a partir de 5 HORAS de retraso)

Cuando el retraso sea de 5 horas o más, si decides no viajar, tendrás derecho al reembolso del coste íntegro del billete al precio al que se compró, correspondiente a la parte del viaje no efectuada e, incluso, a la parte del viaje efectuada si el vuelo ya no tiene razón de ser. Además, cuando proceda, también tendrás derecho a un vuelo de vuelta al primer punto de partida lo más rápidamente posible. La devolución debe hacerse en 7 días.

Exclusiones a la Compensación o Reembolso:

Un aspecto no menos importante a los anteriores es el saber que existen casos en los que no podremos reclamar ninguna indemnización. Estos son los casos en los que las causas del retraso no dependen de la aerolínea.

¿Qué se consideran CAUSAS EXTRAORDINARIAS?

  • Condiciones de mal tiempo que impiden las operaciones de vuelo.
  • Huelgas del personal del aeropuerto que impide la regular salida del vuelo.
  • Salud de los pasajeros.
  • Inestabilidad política en el país de destino o salida que puede suponer un riesgo para los pasajeros y la tripulación.

¿Qué NO son CAUSAS EXTRAORDINARIAS?

  • Huelgas del personal de la aerolínea (también pilotos)
  • Averías mecánicas del avión
  • Falta de personal de la aerolínea
  • Y otros motivos que a veces esgrimen las aerolíneas
IMPORTANTE: existe derecho de compensación también cuando se deniegue el embarque en vuelos operados con posterioridad a la circunstancia excepcional, es decir, en vuelos reprogramados. EJEMPLO: si hay huelga de controladores y te cambian el vuelo al día siguiente, NO tienes derecho a compensación. PERO, si al día siguiente te vuelven a cambiar el vuelo alegando motivos operativos, o derivados de las circunstancias excepcionales, SI podemos reclamar una compensación. Es decir que el segundo vuelo no nos lo pueden retrasar o cancelar si ya no hay huelga. Si lo hacen ya no son causas extraordinarias (aunque sean causas operacionales de la aerolínea derivadas de la huelga).

Como norma general cuestiona siempre lo que te digan las compañías aéreas, pueden aducir a que el retraso es debido al mal tiempo y luego no ser verdad (a mi me ha pasado una vez, reclamé, fui a juicio y gané). No digo que pase siempre pero es obvio que las aerolíneas van a mencionar casi siempre causas de fuerza mayor para no pagar indemnizaciones. En estos casos, lo mejor es acudir a profesionales y reclamar a través de   plataformas especializadas en las reclamaciones aéreas como la que yo he utilizado dos veces, abajo más detalles.

VUELOS con ESCALAS – Retrasos:

Algo importante es aclarar qué pasa con los vuelos con escalas especialmente en viajes largos. De acuerdo con la Sentencia del Tribunal de Justicia Europeo de 26 de febrero de 2013, existe derecho de recibir compensación de un vuelo con conexiones, que ha sufrido un retraso en la salida inferior inferior a las 3 horas pero que llegó a su destino final con un retraso igual o superior a 3 horas.

  • Ejemplo: tenemos un vuelo a Nueva York desde Valencia con escala en Londres. El primer vuelo se retrasa solo dos horas con lo que no tenemos derecho a indemnización pero a causa de esto perdemos la conexión al vuelo de Nueva York y llegamos a Estados Unidos con más de 10 horas de retraso. En esta situación si tenemos derecho a una compensación ya que lo que cuenta es la llegada a nuestro destino final (Importante: en estos casos los vuelos deben ser con la misma aerolínea o estar dentro del mismo e-ticket en el caso de ser en código compartido, si has comprado los vuelos por separado no aplica).

¿Qué sucede si la aerolínea no nos ofrece los derechos de asistencia que indica la ley?

Hay que reconocerlo, a veces hay aerolíneas que en algunos casos no ofrecen lo que indica la ley, como por ejemplo un hotel cuando hay un retraso de más de 5 horas y hay que pasar la noche…en esos casos u otros parecidos lo que debemos hacer siempre es solicitar una factura de todos los gastos que tengamos para posteriormente poder reclamar a la aerolínea.

  • Recuerda que si sufres un retraso o cancelación en otra zona del mundo que no sea la Unión Europea la ley cambia y dependerá del país en el que tengas el vuelo y de la aerolínea. Como “norma general” fuera de la Unión europea solo nos queda reclamar a la aerolínea y no hay compensaciones como las que fija el reglamento europeo.

Aerolíneas Europeas y Aerolíneas NO europeas – Diferencias al Reclamar:

Es importante conocer que en aerolíneas europeas (KLM, Iberia, Air France..etc) estamos cubiertos tanto si el vuelo sale desde Europa como si la vuelta es a Europa. Es decir, si un vuelo de Shanghai a Madrid con Iberia se retrasa más de 3 horas podemos reclamar. En cambio, en aerolíneas no europeas (Air China, Singapore, Emirates, Cathay…etc) solo estamos cubiertos por la ley europea a la salida desde Europa. Es decir, en el mismo caso de un vuelo retrasado desde Shanghai a Madrid con Air China no podríamos reclamar la compensación.

IMPORTANTE a la hora de elegir CÓMO RECLAMAR tu COMPENSACIÓN AÉREA de hasta 600 euros:

En general lo primero que hacemos a la hora de reclamar nuestra compensación es acudir a la aerolínea directamente…yo también lo hacía pero ante la negativa y tardanza de éstas siempre en responder ahora lo que hago es reclamar siempre directamente con una plataforma especializada. Me ahorro mucho tiempo y papeleos porque si la aerolínea no acepta la reclamación toca ir a juicio y aunque puedes hacerlo por tu cuenta no deja de ser un engorro mayúsculo que si nos lo podemos evitar mejor que mejor, ¿no?

¿Pero con qué plataforma lo hacemos? hoy en día han salido agencias que reclaman vuelos por todas partes…no me digas que no, seguro que ya has visto algún anuncio en facebook o instagram…pues como por ejemplo AirHelp, FlightRight, AirClaim, Reclamatuvuelo, Reclamayvuela, Refund.me, Skycop, Legaline, indemniza.me, Airning, Reclamair, reclamapormi, claimflights, pero cuidado no todas van a llevar tu reclamación de igual forma.

A tener en cuenta antes de elegir con quien reclamas tu compensación aérea:

  • Que tengan atención al cliente 100% en español (no todas lo tienen)
  • Que tengan experiencia en los juzgados de España

¿Por qué? pues llevar la vía judicial en España no es tan fácil como en el resto de Europa (Reino Unido, Alemania…) Aquí solo un 10% de las reclamaciones se solucionan por acuerdo antes de juicio y se necesita una buena logística para conseguir llevar las reclamaciones a juicio eficazmente.

En mi caso, yo siempre utilizo Reclamador por esto:

  • Atención 100% en español
  • Empresa española con experiencia
  • Proceso de reclamación muy fácil y online
  • Lo más importante y lo que no se ve a simple vista: Buena infraestructura para hacer reclamaciones judiciales en toda España.
  • Haz la prueba con tu retraso: Reclama mi vuelo aquí

He utilizado sus servicios dos veces y no los cambio por ningún otro. Basándome en mi experiencia te los puedo recomendar para reclamar la compensación de tu vuelo retrasado y ahorrarte papeleos.

reclamar vuelo reclamador

2 comentarios

  1. Pues yo tengo que decir que, el verano pasado, desde Dubrovnik tuvimos 5 horas de retraso de vuelo con la compañía vueling. He seguido todos los pasos: primero reclamé a la compañía, luego con la OCU porque soy socia y , al final, con Reclamador. Esto fue el 31 de agosto y, a fecha de hoy… sigo esperando porque no he tenido respuesta satisfactoria.
    Aquello supuso , además, perder la conexión de tren a Zaragoza , con todos los inconvenientes que eso implica. Así que, mi experiencia, no es satisfactoria.

  2. Fantástico artículo!!! Por fin me he enterado de mis derechos en este tema. Muchas gracias!!!

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